Incoterms marítimos
Como vimos en el pasado post, dentro de los Incoterms 2020 existen 11 modalidades distintas. En este artículo vamos a centrarnos en los incoterms marítimos.
Incoterms para el transporte marítimo o fluvial
El transporte marítimo presenta varias particularidades, como la forma en la que se transporta la mercancía, que afecta a la modalidad de incoterm a utilizar, así como incoterms que demandan de la contratación de un seguro sobre daños de la mercancía.
Actualmente hay cuatro incoterms centrados en el transporte marítimo o fluvial, con sus características propias: FAS, FOB, CIF y CFR.
FAS (Free alongside ship)
Bajo las condiciones establecidas por este incoterm, el exportador debe responsabilizarse de trasladar la mercancía hasta el puerto convenido y dejarla al costado del buque (de ahí su nombre). Es en ese momento cuando la propiedad de la mercancía pasa a ser del importador.
Obligaciones del vendedor
- Entregar la mercancía en el muelle del puerto, pasando desde ese momento los riesgos al comprador.
- Gestionar los trámites aduaneros, un cambio en relación a los Incoterms 2000, en los que el despacho en aduanas correspondían al comprador.
Obligaciones del comprador
- Contratar el transporte en buque y correr con los gastos derivados después de la entrega de la mercancía (carga y estiba, flete, descarga, trámites de importación) que reflejará en el importe de compra.
- No es necesario contratar un seguro para la mercancía.
FOB (Free On Board)
Esta modalidad de incoterm establece que el exportador es quien tiene que llevar la mercancía hasta el puerto establecido y cargarla en el barco. Cuando la carga se encuentra ya en el barco, tanto el riesgo como los costes por perdida o daño se trasladan al importador.
Obligaciones del vendedor
- Entregar la mercancía en el buque contratado por el comprador en el puerto de embarque establecido.
- Contratar el transporte.
- Gestionar los trámites aduaneros de exportación.
Obligaciones del comprador
- Seleccionar el transitario encargado del transporte.
- Afrontar todos los gastos posteriores a la entrega, como el flete, la descarga y trámites de aduana de importación que incorporará en el precio de compra.
- Al igual que en el incoterm FAS, no es obligatoria la contratación de un seguro.
CIF (Cost, Insurance and Freight)
Este incoterm CIF es similar al CFR, pero además el exportador afronta el pago de la prima por el seguro marítimo y de las aduanas del país de destino.
Obligaciones del vendedor
- Entregar la mercancía, conseguir las licencias y realizar los trámites necesarios para la exportación.
- Afrontar el contrato de transporte.
- Contratar el seguro, que deberá cubrir un 110% del valor de la mercancía.
- Los riesgos se derivan al comprador desde que la carga llega al buque.
Obligaciones del comprador
- Hacerse con las licencias de importación.
- Afrontar los gastos desde el momento en el que la mercancía se sitúa sobre el buque hasta su recepción definitiva.
CFR (Cost and Freight)
El incoterm CFR presenta las mismas implicaciones que el incoterm CIF, salvo que en este caso el seguro no es obligatorio. El coste del transporte puede ser así más barato, aunque en cualquier caso se aconseja su contratación.
Categorías: Transporte internacional.
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